La entrada en vigor de la Ley 25/2009 “Ley Ómnibus” y Ley 17/2009 “Ley Paraguas”, supusieron un cambio radical en las estructuras colegiales, estableciendo, entre otros asuntos, que para realizar el ejercicio de la profesión de Graduado Social hay que estar en posesión del correspondiente Seguro de Responsabilidad Civil.
Dicha normativa también establece entre los fines esenciales de las corporaciones la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados, así como exigir el cumplimiento de las normas por parte de los citados colegiados.
-Suscripción obligatoria de póliza individual, tanto para personas físicas como jurídicas.
-Coberturas del seguro de Responsabilidad Civil ¿Qué debe cubrir? Materias y primas.
-Exclusiones del seguro de Responsabilidad Civil. Procesos telemáticos y firma digital.
-Gestión de un siniestro, documentación necesaria y plazos. ¿A quién corresponde la indemnización?
-Casos singulares de siniestros: laboral, contable, fiscal (indemnizaciones que se cubren) y subvenciones.
-Riesgos cibernéticos. De la importancia de estas coberturas para un Graduado Social.
-El papel del Colegio frente a una reclamación de un usuario.
-WEB-APP para tarificar el Seguros de Responsabilidad de Civil Profesional del Graduado Social, además de otros seguros que quiera comparar, así como las ventajas que tiene de hacerlo por este sistema.
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